Compartimos un texto sobre el Ingreso Mínimo Vital e a súa referencia ao Salario Social como modelo a seguir que escriben as compas de Alambique...
SOBRE EL INGRESO MÍNIMO VITAL. MÁS VALE PREVENIR QUE LAMENTAR. RECOMENDACIONES PARA MINIMIZAR EL DESASTRE
Desde el 2005, año en que se aprobó la ley del salario social en Asturias, hemos sido testigos de las dificultades y las limitaciones con las que nació dicha ley, pero además hemos sufrido la mala gestión y la falta de voluntad para implantar una herramienta útil en la lucha contra la pobreza en nuestra tierra [1].
Son más de diez años denunciando los problemas y las situaciones absurdas a las que el salario social ha llevado a muchas personas, que ya de por sí vivían las peores de las realidades de precariedad , empobrecimiento y exclusión. Pero sobre todo, hemos vivido la falta de interés en escuchar a las propias personas perceptoras de la renta mínima y a los colectivos, que además de denunciar las problemáticas poníamos encima de la mesa propuestas para mejorar esta herramienta e ir más allá, ir hacia la construcción de un derecho real.
Son ya casi 15 años de funcionamiento del Salario Social y aún no se ha conseguido que funcione tal y como lo planteaba la ley (sin retrasos ni atascos, cumpliendo plazos, llegando a todas las personas que lo deberían cobrar…) y ahora leemos entre la sorpresa y la indignación las noticias que señalan al modelo de renta mínima asturiana como el referente para diseñar el nuevo ingreso mínimo vital del gobierno.
En este escenario y con las informaciones que vamos teniendo sobre lo que será este ingreso mínimo vital, podemos ir analizando los requisitos que parece están encima de la mesa y poner en evidencia las problemáticas y dificultades que en la práctica han generado en Asturias. Todo esto con la intención de evitar situaciones como las que ya se han vivido aquí, y señalar que se hagan las correcciones oportunas para que no se repitan de nuevo.
Hemos escogido los que creemos clave para entender que se va a aprobar y que va a suponer:
1/ ¿Estamos hablando de una Renta básica o una Renta mínima?
Vamos a empezar a clarificar que esta nueva propuesta NO es una Renta Básica. No cumple con ninguna de las características que la convertirían en eso. NO SERÁ INDIVIDUAL, NO SERÁ INCONDICINAL Y NO SERÁ UNIVERSAL. Por lo tanto no podemos llamarla RENTA BÁSICA, va a ser una nueva RENTA MÍNIMA [2] pero de aplicación estatal.
Esto pone encima de la mesa el primer problema, porque choca de lleno con las rentas mínimas autonómicas. Teniendo en cuenta que estas rentas mínimas salvo en raras ocasiones no son concebidas como derecho subjetivo, no son complementarias con otras ayudas y marcan unos límites de renta muy escasos (salvo excepciones).
Además, esto nos lleva a plantearnos otras cuestiones, ¿Qué renta mínima va a prevalecer sobre la otra? ¿A cuál van a tener derecho las personas? ¿Qué va a pasar con las rentas autonómicas algunas con importes más altos que las que plantea el gobierno? [3]
En el caso de Asturias, prevemos mayores contradicciones al compartir argumentario, pues establecen las mismas limitaciones y se van a contradecir en muchas situaciones. Y nos tememos que solamente sirva para que las administraciones autonómicas se ahorren el dinero que ahora destinaban para sus rentas mínimas o gasten mucho menos al complementar importes.
2/ Se habla de UNIDADES ECONÓMICAS DE CONVIVENCIA, no de personas.
Como hemos señalado NO ES INDIVIDUAL, y se tomará como referencia la UNIDAD ECONÓMICA DE CONVIVENCIA, que si bien es una definición que permite incluir fórmulas más allá de las unidades familiares, lo que abre la posibilidad a que personas que viven en habitaciones o que comparten piso, puedan acceder a ella [4]; en Asturias esto ha generado problemas a personas que tenían situaciones muy difíciles y que han visto como siendo personas independientes y compartían techo, han vivido los problemas para que se les reconociera como unidades económicas independientes.
Y ¿esto por qué pasa? Porque independientemente de la conformación de la unidad de convivencia, se pide la relación de los ingresos de todas las personas que conviven en la unidad según el padrón. Y hemos visto como en algunos casos estas dificultades las ha dejado fuera del derecho.
3/ Los requisitos son el problema: la CARRERA DE OBSTÁCULOS de la burocracia
Muy relacionado con la dificultad anterior, el primer e imprescindible requisito es el certificado de empadronamiento, que se convierte en la primera traba para muchas personas. Personas que alquilan un piso y resulta que hay empadronadas más personas en esa vivienda pero no residen en ella y no las conoce de nada… pero es imprescindible que esas personas informen de su nivel de ingresos… o todas las dificultades que se encuentran personas para conseguir ese mismo certificado. Personas que no tienen hogar y tienen dificultad para poderse empadronar.
La realidad es que el primer requisito necesario ya genera problemas y, a partir de ahí, si superas este, hay otros tantos… el número coincide con el de los requisitos que se piden… que es un listado inacabable. En Asturias son quince requisitos.
Desde los requisitos de demostrar rentas y haber agotado todas las prestaciones anteriores (Renta activa de inserción, subsidios de desempleo, haber solicitado la pensión a la expareja…) .Hasta los requisitos de edad, para las personas mayores de veinticinco años o la necesidad de una contraprestación en Asturias marcada por la firma de un itinerario de incorporación social y nos imaginamos que a nivel estatal demostrando la búsqueda activa de empleo con requisitos del tipo de la Renta activa de inserciónv en el mejor de los casos.
Tantos que al final hay personas que se cansan y abandonan la carrera de obstáculos, tantos que el concepto de derecho desaparece en el laberinto de requisitos.
4/ Los retrasos en la resolución del derecho.
Tantos requisitos hay que cumplir que el principal problema derivado de esta situación, ha sido el atasco generado para resolver las solicitudes. Estamos hablando de que se llegó a esperar dos años para poder acceder al salario social, en estos momento hablamos de 6 meses, y siguen atascadas las revisiones. Es decir aquellas personas que han conseguido un empleo una temporada, o que tuvieron que parar el salario para cobrar la RAI… que se ven cobrando un complemento de alrededor de 150€ o menos, hasta que se resuelva de nuevo el derecho.
En este sentido, llevamos más de diez años hablando de incorporar la declaración jurada a la solicitud, para poder concederla de inmediato, y comprobar los requisitos cuando corresponda, para así garantizar el acceso a la renta mínima cuando realmente lo necesitan las personas, atendiendo la urgencia de las situaciones. Parece que en los últimos tiempos, esto ya se va a implementar. ¡¡YA ERA HORA!!
5/ Las cuantías son insuficientes
El Salario Social frente a otras ayudas existentes, establece en la ley la complementariedad con otros ingresos, estableciendo los límites en las cuantías establecidas por la ley. Es decir que mientras lo que cobres sea inferior al salario, podrás recibir un complemento hasta el mínimo establecido.
Algo que podía ser positivo, se convierte en algo inútil cuando hablamos de cuantías tan bajas y similares al de otras ayudas existentes, con lo que la complementariedad no se da en todas las circunstancias. Y cuando se da, los importes nunca llegan al umbral de la pobreza.
Pasa lo mismo con los ingresos por empleos muy precarios. Entre que las cuantías son muy bajas (y por tanto no a lugar a la complementariedad) y que para el salario va a suponer mucho tiempo de espera para reactivarlo y por tanto quedar sin ingresos, tenemos la situación de lo que en la ley se considera incumplimiento, lo que en la realidad no es más que poner en la balanza qué compensa más, si comer todos los meses o cumplir un requisito absurdo.
Pero… ¿No hay nada salvable? ¿No vale para nada?
Lo primero decir que evidentemente, para muchas personas y familias es mejor esto que nada, probablemente esta herramienta ayude a llegar a unas cuantas familias más, pero ya parte con un presupuesto que creemos insuficientevi si se quiere atender a todas las personas que están bajo el umbral de la pobreza en el estado.
También es un avance si la gestión de esta renta mínima se saca de los servicios sociales a la seguridad social. Puede mejorar la gestión de la ayuda al ser una administración más desarrollada.
Desde hace más de diez años llevamos poniendo encima de la mesa algunas propuestas que mejorarían la renta mínima y nos permitirían caminar hacia la creación del nuevo derecho de Renta Básica de las iguales.
Algunas de las propuestas exigidas durante estos años son:
• Eliminar la fórmula de Unidad de convivencia y concederla de manera INDIVIDUAL, de manera que vaya a cada persona según sus situaciones.
• Eliminar las contraprestaciones a las que se ven sometidas las personas. Es decir reconocer la INCONDICIONALIDAD.
• Establecer unas cuantías DIGNAS Y SUFICIENTES, tomando como base el umbral de la pobreza.
• Establecer la COMPLEMENTARIEDAD con otros ingresos o ayudas.
• Bajar la edad a los 18 años.
El horizonte debe ser garantizar la VIDA DIGNA de todas las personas, y para ello hay que superar las propuestas de RENTAS MÍNIMAS que se han demostrado ineficaces en todo el estado [7] y hacer propuestas que permitan romper los límites de los modelos existentes que solo contribuyen a alimentar el sistema capitalista.
Necesitamos propuestas que nos permitan avanzar en la garantía de unos mínimos suficientes para garantizar nuestra existencia.
Porque tenemos que aprender de los errores y no repetirlos, y ahora se abre una oportunidad para ello.
¡¡AVANCEMOS HACIA EL DERECHO A LA RENTA BÁSICA DE LAS IGUALES!!
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[1] Se puede echar un vistazo al blog http://asociacionalambique.blogspot.com/ y conocer las continuas acciones de denuncia sobre el mismo
[2] Las rentas mínimas se han ido desarrollando en las comunidades autonomas , desde el año 1989 que comenzó la de Euskadi. Las más implantadas son la vasca, la navarra y la asturiana, pero también tiene cierto grado de desarrollo en Galiza o de reciente creación y colapsada desde su inicio en el País Valencía , la renta valencia de inclusión.
[3] La Renta de Garantía de Euskadi, la más antigua del estado tiene un importe que va desde los 693,73 euros para una persona no pensionista, hasta los 985,41 para tres o más.
[4] Solo se reconoce de manera ágil la separación de unidades económicas de convivencia independientes , cuando se tiene menores a cargo
[5] Consultar: https://www.sepe.es/HomeSepe/Personas/distributiva-prestaciones/he-dejad... Sección: Declaración búsqueda activa de empleo
[6] 5.500 millones de euros.
[7] Es interesante el trabajo que realizamos desde los Puntos y Oficinas de información y denuncia sobre derechos https://informate.coordinacionbaladre.org/ en Asturies “La espiral” o la campaña que se está desarrollando en este momento en el Pais Valencia ante los atrasos de la Renta valenciana de inclusión > https://lamareasevuelveroja.blogspot.com